El Supremo corrige al SEPE y avala cobrar simultáneamente el paro y la indemnización por despido
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El Tribunal Supremo ha fijado que quienes han cobrado una indemnización en diferido por despido -en cantidades programadas mensuales- también pueden cobrar el paro porque dicha compensación no computa como renta.La Sala corrige así el criterio del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que había denegado el paro a un trabajador mayor de 52 años al considerar que esta fórmula de percibir la indemnización de su despido de forma aplazada constituía una renta a efectos de cobrar el subsidio por desempleo. Empleo defendió que así venía impuesto por las leyes fiscales y que, en consecuencia, la indemnización debía computarse a efectos de determinar el nivel de ingresos del trabajador e impedía el cobro del subsidio.
En la sentencia el tribunal hace prevalecer la regla específica de ...