En más de un club de Primera y Segunda División, la judicialización del acuerdo entre LaLiga y CVC, aprobado el 21 de diciembre de 2022 por 39 de los 42 clubes que entonces formaban parte de las dos categorías, había generado mucha incertidumbre. De los alrededor de 1.900 millones de euros en los que se cifraba el acuerdo, unos 1.300 ya habían sido abonados a la asociación que preside Javier Tebas, quedando pendiente el último de los pagos, comprometido para el próximo 30 de junio para el fondo de inversión.
Desde LaLiga siempre transmitieron tranquilidad a los clubes sobre la posibilidad de un escenario apocalíptico en el que la Justicia determinara que el acuerdo que había abierto ese grifo de cientos de millones de euros fuera ilegal. Un alto porcentaje de ese dinero (unos 1.000 millones, según informó ‘2Playbook’) ya ha sido comprometido o gastado por parte de los clubes y un revés judicial habría supuesto una seria amenaza para la economía de la competición.
La fe los clubes en Tebas
Los clubes confiaban en ese mensaje de calma (guste más o guste menos, la mayoría de ellos tienen una fe ciega en Javier Tebas), pero necesitaban una sentencia favorable de la Justicia para reforzar esa tranquilidad. Y ese esperado blindaje judicial ha llegado este martes, con la decisión del Juzgado de Primera Instancia número 15 de Madrid de desestimar la demanda interpuesta por el Real Madrid y el Athletic contra el acuerdo que permitió la creación de LaLiga Impulso.
La decisión judicial es recurrible ante la Audiencia Provincial de Madrid y, en última instancia, ante el Tribunal Supremo. Es previsible que tanto el Athletic como sobre todo el Real Madrid apuren esa vía, pero la contundencia con la que se exponen los argumentos en la sentencia conocida este martes refuerza la tranquilidad que reporta a los clubes afectados la publicación de la sentencia.
“Es la ratificación de que las cosas están bien hechas. Era legal en el ámbito civil y en el ámbito penal”, declaró Javier Tebas horas después de conocer el contenido de la sentencia, afirmando que “no nos sometemos a las amenazas y a las coacciones de nadie por muy grande que sea”, en referencia al presidente del Real Madrid, Florentino Pérez.
Los argumentos jurídicos
El club blanco y el Athletic, de la mano este asunto, denunciaban que el acuerdo LaLiga-CVC contravenía tres textos legales: la Ley del Deporte de 1990 (vigente en ese momento), el Real Decreto Ley 5/2015 que regula la comercialización conjunta de los derechos de TV de los clubes y los estatutos de LaLiga.
La jueza María Vilma del Castillo detalla en su auto lo que, a su juicio, supone la inexistencia de vulneraciones relativas a esos tres textos legales a los que las partes están sometidos. Sobre el incumplimiento estatutario, relativo a una presunta falta de información de LaLiga hacia los clubes afectados, la jueza no solo entiende acreditado que se les ofrecieron reuniones informativas previas, sino que también resalta que tanto el Real Madrid como el Athletic acudieron a esas reuniones. “No se prueba en modo alguno que la información que requirieron y no hubiera sido proporcionada fuera relevante ni concluyente para poder decidir sobre su sentido de voto respecto a los acuerdos impugnados”, resume.
En cuanto al Real Decreto Ley 5/2015, Athletic y Real Madrid denunciaban una presunta “expropiación o apropiación indebida de la titularidad de derechos audiovisuales”, argumentos que la jueza desestima por cuanto la incorporación al acuerdo es voluntaria por parte de los clubes, que no ven dañados sus ingresos debido a la participación de otros clubes en el contrato. Del mismo modo, destaca que los gastos y costes derivados de la operación solo se repercuten a los clubes implicados en ella, motivo por el que rechaza los argumentos de los demandantes.
Los posibles recursos
Por último, Madrid y Athletic entendían que la creación de una filial mercantil (conocida como LaLiga Impulso) participada por CVC para la gestión del negocio común vulneraban tanto la Ley del Deporte como los estatutos de la sociedad. La jueza destaca en este punto que “CVC no ocupa ningún puesto en los órganos de gobierno y administración de LaLiga ni es miembro de la asociación”, que “han de diferenciarse las funciones públicas que LaLiga ejerce por delegación y están sometidas al control del CSD, de las funciones privadas” y que “la prohibición de ánimo de lucro con la prohibición de realizar actividades económicas y obtener beneficios de ellas y así se deriva del RDL 5/2015”.
De nuevo, la magistrada no da ni la más mínima concesión a los argumentos expuestos por los demandantes en las escasas 12 páginas de su sentencia. El desistimiento de la demanda es contundente por parte de María Vilma del Castillo, sin prejuicio, claro está, de que instancias superiores puedan fallar en sentido contrario, una posibilidad que siempre existe. Pero es innegable que hoy los clubes españoles, salvo dos, viven mucho más tranquilos que ayer.