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Septiembre iba a ser el mes en el que se iba a empezar el calendario electoral de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF). En concreto, el día 10 de septiembre fue elegido el 29 de abril por parte de Pedro Rocha, dirigente inhabilitado por dos años -se le ha negado la cautelar- para el ejercicio de su función al frente de la presidencia federativa. La convocatoria llegó el mismo día que fue nombrado presidente y elegida su junta directiva. La situación ha cambiado tras la decisión del Contencioso-Administrativo: primero habrá elecciones a la presidencia para lo que queda de mandato y después al resto de órganos, que su vez elegirán a un nuevo presidente para cuatro años. Las primeras serán convocadas de modo inmediato y el dirigente elegido hará lo propio con el segundo proceso electoral.
¿Por qué ha tomado esta decisión la RFEF?
Esta decisión fue adoptada este viernes en una reunión telemática de los presidentes de las territoriales. Altera el orden previsto y tendrá unos plazos muy ajustados. El plan trazado por la Federación se basa en el artículo 31.8 de sus Estatutos del órgano, que dice lo siguiente: “Si el presidente cesara por causa distinta a la conclusión de su mandato, la Junta Directiva se constituirá en Comisión Gestora y convocará elecciones para proveer al cargo; el que resulte elegido ocupará el cargo por tiempo igual al que restase por cumplir al sustituido”.
¿Qué problema surge en esta instancia? Según ha informado ‘Iusport’, al estar prácticamente concluido el mandato que inició Luis Rubiales el 20 de septiembre de 2020 y que ha completado casi en su totalidad Pedro Rocha, el tiempo material de ese gobierno está prácticamente agotado. La otra salida se refiere a la orden ministerial dictada para celebrar las elecciones cuatrienales de modo obligado y que finaliza en menos de seis meses. Por lo tanto, los plazos para ambos procesos electorales son muy ajustados.
¿Cuál habría sido la otra alternativa? Convocar un proceso “total”, es decir, elecciones a la asamblea general, presidencia y comisión delegada. El camino que se esperaba era el siguiente: María de los Ángeles García Chaves ‘Yaye’, actual vicepresidenta y mujer de la confianza de Pedro Rocha, convocaría las elecciones a todos los órganos previstos. Acto seguido se constituirían una gestora, como la que presidió el extremeño tras la suspensión de Rubiales, y después se procedería a los comicios restantes.
Una doble elección que tendrá en vilo al fútbol español
¿Por qué no consideran los expertos jurídicos bien aplicado el criterio del artículo 31.8 de los estatutos de la Federación? Porque se aplica a casos diferentes a los de ausencia, enfermedad u causa que impida transitoriamente al actual presidente ejercer sus funciones. Esto, por ejemplo, sí se produjo a su parecer con Rubiales. Por tanto, en virtud de lo que indica el artículo 17.11 de la citada orden electoral aprobada por el CSD, debería haber sido ‘Yaye’ la encargada de convocar las elecciones y no el elegido resultante de otro proceso. La exfutbolista solo estará al frente de una efímera gestora que hará oficial la elección a la presidencia.
Para presentarse, serán necesarios 21 avales y será exigido el 15% del apoyo de los miembros totales de la asamblea, en la que están jugadores, clubes o árbitros. Los futuros candidatos tendrán cinco días naturales para buscar este soporte y a partir de ahí quedará fijado el calendario, con más demora de lo inicialmente previsto.
Si solo hay un candidato, será la gestora la que nombre al presidente, de lo contrario, la potestad recaerá en la asamblea. Este paso intermedio en el proceso no hace más que atrasar la resolución de la siguiente elección, cuyo resultado podría desembocar en el próximo año. En resumen, primero habrá que elegir presidente de la RFEF, que convocará a los comicios para los órganos de representación, y después, la asamblea resultante elegirá a un nuevo presidente para los próximos cuatro años.
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